Devolución del IVA: ¿Cómo se financiará la medida?

La compensación fiscal por la reducción impositiva se verá reflejada por la suba del impuesto a los bienes importados, pero también a través de una mayor dinamización del consumo.

El ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UP), Sergio Massa, explicó que la financiación de la devolución del IVA al 21% se dará en gran medida por los ingresos que llegarán a partir de la modificación del impuesto PAIS. La compensación fiscal por la reducción impositiva se verá reflejada por la suba del impuesto a los bienes importados, pero también a través de una mayor dinamización del consumo.

“Entendemos que es la medida más progresiva que podemos tomar en materia impositiva y, además, hacemos un esfuerzo fiscal sobre la base de renunciar a otros gastos del Estado y de utilizar recursos extraordinarios producto de la incorporación del nuevo impuesto, que es el Impuesto País, en los recursos de recaudación del Estado”, consignó Massa. Este canal de ingresos también compensará, en parte, la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.

En el contexto de las negociaciones con el FMI, el Gobierno aumentó a fines de julio un 10% el impuesto a la compra de dólar solidario y pasó a gravar la importación de bienes y servicios. En el Palacio de Hacienda calculan que este paquete de medidas tendrá un impacto fiscal positivo estimado en un 0,8% del PBI.

Se implementó una nueva alícuota para el dólar mayorista, que es del 25% para la importación de servicios y del 7,5% para la importación de bienes. Aun así, hay algunas excepciones que buscan prevenir que esta medida tenga un impacto en precios. En el caso de los servicios, las excepciones que no pagarán la alícuota del 25% son tres:

  • Los fletes, que pagarán únicamente un impuesto del 7,5%
  • Los servicios de salud y educación, que están exentos por la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva de diciembre de 2019
  • Los recitales, que ya están alcanzados por el “dólar Coldplay” del 30%

También hay excepciones para el caso de la importación de bienes, que no pagarán la alícuota del 7,5%:

  • Los medicamentos, exentos por la Ley de Solidaridad
  • El material para combatir el fuego, también exentos por la Ley de Solidaridad
  • Los bienes suntuarios, que ya pagan el impuesto del 25% del dólar Qatar
  • Los combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía
  • Los bienes vinculados a la Canasta Básica Alimentaria

Además, en el Ministerio de Economía destacaron especialmente que quedarán exceptuadas del impuesto extra las “importaciones que generan exportaciones” en dos rubros clave: las automotrices y la agroindustria. En cambio sí quedarán alcanzadas todas las demás importaciones de insumos, tanto para reexportar como para la producción interna.