Adolescentes de 16 a 18 años podrán ejercer libremente su derecho al cambio de Identidad

El cambio en la normativa fue celebrado por diversas organizaciones, quienes lo calificaron como “un avance en el ejercicio del derecho” de jóvenes por derecho propio.

Adolescentes de 16 a 18 años serán considerados adultos para acceder al cambio de DNI por la Ley de Identidad de Género, según lo dispuso el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires, tras un reclamo presentado en diciembre del año pasado por las organizaciones 100% Diversidad y Derechos, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) e Infancias Libres y la Asociación Familias Diversas de la Argentina (AFDA).

A través de un comunicado, ambas organizaciones impulsoras de la iniciativa celebraron el cambio en la normativa y lo calificaron como “un avance en el ejercicio del derecho a la identidad de género de adolescentes de 16 a 18 años, quienes podrán acceder a un Documento Nacional de Identidad que refleje su identidad de género por derecho propio, de modo libre y sin la tutela de sus progenitores”.

Por otro lado, reclamaron el fin de la exigencia de la firma de ambos progenitores para la realización del trámite de cambio de nombre y sexo y también del patrocinio jurpidico obligatorio, “por restringir la autonomía de infancias y adolescencias”.

Las organizaciones LGBTI+ que impugnaron el procedimiento administrativo del Gobierno de la Ciudad siguen reclamando por el pleno acceso de infancias y juventudes trans a la identidad de género. “Que se amplíe a las personas de 13 años el acceso a la rectificación de nombre y sexo registral por derecho propio y, en el caso de personas menores de 13 años, que accedan al trámite a su requerimiento y con el asentimiento de alguno de sus progenitores o referente afectivo. No siendo en ningún caso obligatorio el patrocinio jurídico, el que sólo deberá ser provisto por el Estado de la ciudad cuando existan conflictos de intereses con sus representantes legales”, agregan.

Lo planteado se fundamenta en lo establecido por el Código Civil, el cual establece que las personas menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales, también les reconoce edad y grado de madurez suficiente para ejercerlos por sí mismos.

A partir de los dieciséis años, se las considera como personas adultas para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo, y entre los trece y dieciséis se presume que tienen aptitud para decidir por sí respecto de tratamientos de salud que no resulten invasivos, destacan. Además, reconoce la asistencia letrada como un derecho – a través de la Asesoría General Tutelar de CABA – y solo ante conflictos de intereses con sus representantes legales.

En este marco, las organizaciones LGBT reclaman al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad que interprete y aplique el artículo 5 de la Ley 26.743 de Identidad de Género (2012) conforme el artículo 13 de la misma ley que establece interpretarla y aplicarla con miras a garantizar el acceso al derecho a la identidad de género y, por tanto, adapte integralmente su normativa al nuevo Código Civil (2015), para poner fin a los obstáculos que restringen el ejercicio del derecho a la rectificación del nombre y sexo registral a las personas menores de 16 años.

El reclamo contó con el apoyo del Ministerio Publico de la Defensa de la Ciudad, a través de la Defensoría Nº 5, la cual estuvo a cargo en 2022 del Dr. Patricio Canepa, siendo ahora la titular la Dra. Giselle Furlong Pader.