El Gobierno nacional dispuso que desde este lunes comienza el DISPO en el AMBA y además implementó una serie de nuevas medidas.
Este lunes 9 de noviembre comenzó a regir en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) el distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO) por lo que se dejó atrás el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO). De esta manera, tanto Capital Federal como 35 municipios del conurbano bonaerense ingresan en una nueva etapa en el marco de la pandemia de coronavirus.
El Decreto 875/20, publicado el sábado en el Boletín Oficial, dispuso que el DISPO estará vigente desde este lunes y hasta el 29 de noviembre inclusive. Asimismo, alcanzará al AMBA además de los restantes partidos de la provincia de Buenos Aires con excepción de los distritos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.
En el resto de país, también están incluidos en el DISPO las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán en su totalidad. También Chubut, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tierra del Fuego se encuentran en la etapa de DISPO, aunque con excepciones de algunos departamentos en cada caso.
La medida establece que “queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio por fuera del límite del aglomerado, departamento o partido donde residan, salvo que posean el Certificado Único Habilitante”.
Asimismo, el decreto plantea la necesidad de mantener las normas de higiene y seguridad para prevenir la expansión del virus, entre las cuales se nombran “mantener entre las personas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades”.
En el AMBA, “el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a la actividad gastronómica será de un máximo del 30%” de la capacidad total.
Las actividades prohibidas durante el DISPO, son los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez personas. También quedan prohibidos “los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.
Tampoco se permite la “práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de metros metros entre los y las participantes”.
En la nueva etapa, están prohibidos cines, teatros, clubes y centros culturales, y el servicio público de pasajeros sólo está habilitado para los casos expresamente autorizados.
Fuente: Infocielo