El Gobierno le pide a la Corte Suprema que salve la reforma laboral

El Gobierno de Javier Milei se presentó ante la Corte Suprema de Justicia para tratar de revertir el fallo que declaró inconstitucional y suspendió la aplicación del capítulo de reformas laborales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.

El Gobierno de Javier Milei le pidió a la Corte Suprema de Justicia que rescate su reforma laboral, que fue presentada por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 el 20 de diciembre de 2023.

De acuerdo a lo que informaron fuentes judiciales a Télam, la presentación hecha por la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), el equipo de abogados que representa al Estado Nacional a cargo de Rodolfo Barra, incluye críticas a la justicia laboral y la Confederación General del Trabajo (CGT), cuya representación cuestiona.

“No surge de la sentencia recurrida, ni de las constancias de la causa, argumento alguno sustentado en prueba, que indique de qué manera la vigencia del DNU restringe o menoscaba los derechos en materia de libertad sindical que ostenta la actora”, sostuvieron los abogados de la PTN en el escrito al que accedió dicha agencia informativa. “Tampoco se explica de qué manera la vigencia del DNU afecta los derechos de los trabajadores que la actora dice representar”, agregaron.

“El texto del artículo 99, inciso 3, segundo párrafo, de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad”, habían resaltado los jueces de la Cámara Federal del Trabajo cuando dejaron sin efecto el capítulo 4 del DNU.

En su escrito de casi 40 páginas, los abogados de la Procuración del Tesoro de la Nación también cuestionaron esos criterios de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral. “Corresponde señalar que el Tribunal a quo toma un elevado e injustificado piso de ponderación respecto a la necesidad y urgencia que habilita al PEN a emitir un DNU. Tenga presente que la norma emitida y el proyecto de ley enviado pretenden modificar el marco regulatorio actual y el rol que debe tener el Estado”, sostuvieron los representantes legales del Estado Nacional.

“A modo de ejemplo, por un lado, se cuestiona al Estado y a las autoridades políticas por los altos índices de desempleo y trabajo informal y, por otro lado, cuando se toman medidas a fin de resolver estos problemas sociales, las mismas son suspendidas y anuladas por el Poder Judicial por requerimiento de un grupo político y de poder, como es la CGT -disfrazándose de un sector vulnerable, en el marco de procesos judiciales que no responden a un caso o causa”, añadieron.

La Cámara Nacional del Trabajo declaró el pasado 30 de enero la inconstitucionalidad de todos los artículos del capítulo laboral contenido en el Título IV del DNU 70/2023 del Gobierno Nacional con motivo de una presentación realizada por la CGT.

El tribunal sostuvo que las reformas en materia laboral incluidas en el DNU hecho público por el presidente Javier Milei el 10 de diciembre pasado era contrario al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. La norma establece que el Ejecutivo nacional “participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar”, pero que “no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo”.

Además, la CGT se movilizó el 27 de diciembre pasado a los Tribunales para reclamar que la Justicia declarara la inconstitucionalidad del DNU que Milei había anunciado a la población una semana antes por cadena nacional. El 24 de enero último, la central obrera llevó adelante un paro nacional por 12 horas de extensión y una manifestación esta vez frente al Congreso para sostener el reclamo y rechazar las medidas económicas del Gobierno nacional.

Algunas de las modificaciones en materia laboral establecidas en el DNU que firmó el presidente Milei son la ampliación del periodo de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.