Por eso mismo, el juez Roberto Gallardo suspendió el sistema de vigilancia facial , quien además ordenó una batería de medidas de prueba al constatar que el sistema había sido utilizado para obtener datos biométricos de dirigentes políticos, jueces, empresarios y periodistas.
La Justicia porteña suspendió este martes el sistema de reconocimiento facial de prófugos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tras detectar un uso ilegal que permitió acceder a datos biométricos de millones de personas que no estaban siendo buscadas, entre ellas dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como también jueces, empresarios y periodistas.
La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba que incluyó, entre otras medidas, el secuestro de computadoras y dispositivos por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el Centro de Monitoreo Urbano ubicado en Patricios al 1100, del barrio de Barracas.
En la resolución, Gallardo aseguró haber constatado que el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) del ministerio de Seguridad de CABA fue utilizado para obtener datos biométricos del presidente Alberto Fernández, de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carlotto, entre muchas otras personalidades públicas.
Fuentes judiciales señalaron que el sistema de monitoreo del ministerio de Seguridad porteño está habilitado a solicitar datos biométricos provenientes del Registro Nacional de las Personas (Renaper) siempre que se traten de personas incluidas en la Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CoNaRC), que en 2019 eran unas 35.000 y el mes pasado llegaron a 40.000.
Sin embargo, entre abril de 2019 y marzo de 2022, las consultas de datos biométricos realizadas desde la cartera de Seguridad porteña fueron 9 millones, una cifra que no se corresponde con la población de individuos requeridos por la Justicia o en situación de rebeldía a partir de una medida judicial, y que por esa razón figuran en los registros de la CoNaRC.
Las búsquedas de datos biométricos de ciudadanos que no están en ninguna de esas situaciones fueron reconstruidas a partir de la información aportada al expediente por el Renaper, a cuyos archivos acude el sistema de reconocimiento facial de CABA cuando requiere de las imágenes de alta definición que acompañan la documentación personal de todos los ciudadanos. Un dato relevante para la investigación es que el requerimiento de datos biométricos del Renaper por parte del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA se rige por el convenio de cooperación técnica que celebraron en 2019, durante la gestión de Cambiemos, el propio Renaper con el ministerio de Seguridad porteño.
Según especialistas en informática que conocen el expediente, la consulta de los datos biométricos se realiza a través de un procedimiento conocido como ‘request’ de información que se conecta automáticamente con la base de datos del Renaper para solicitar la foto digitalizada del DNI, lo que luego permite generar un mapa biométrico: cada una de esas búsquedas queda registrada en dos computadoras, la que emite la información y la que la recibe.
En el informe elaborado por el Renaper en respuesta al oficio del juez surge que entre abril de 2019 y marzo de este año fueron migrados -es decir, requeridos y recibidos por el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA- los datos biométricos del presidente Alberto Fernández (76 veces); la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner (225 veces); el diputado Máximo Kirchner (12 veces); el Ministro del Interior Eduardo “Wado” De Pedro (3 veces) y del ministro de Seguridad Aníbal Domingo Fernández (12 veces).
También fueron migrados los datos de los diputados Sergio Tomás Massa (3 veces); Myriam Bregman (3 veces), Ricardo López Murphy (8 veces); José Luis Espert (8 veces) y Javier Milei (32 veces); según surge del expediente.
La lista incluye además a los nombres del gobernador de Jujuy, Gerardo Morales (una vez); la Presidenta del PRO, Patricia Bullrich (18 veces); la exProcuradora General de la Nación Alejandra Magdalena Gils Carbó (2 veces); el exjuez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Raúl Zaffaroni (2 veces); el ministro de la Corte Carlos Rosenkrantz (una vez); y la Fiscal General por ante la Cámara Nacional en lo Comercial, Gabriela Fernanda Boquín (4 veces).
Entre los periodistas que pudieron haber sido espiados a través del sistema de reconocimiento facial se encuentra Gustavo Sylvestre, cuyos datos biométricos fueron migrados 9 veces; Joaquín Morales Solá (una vez), Viviana Canosa (6 veces) y Eduardo Feinmann (9 veces).
La lista contiene también empresarios, fiscales federales, a la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Hebe Pastor de Bonafini (5 veces), y a la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto (2 veces).
En su resolución firmada este martes, el juez sostuvo que la CABA sólo estaba autorizada a extraer datos biométricos “siempre y cuando se tratara de personas cuya búsqueda haya sido exigida por la Justicia”. Luego advirtió que la enorme cantidad de consultas sobre ciudadanos, muchos conocidos por su actuación pública, que no están requeridos por la Justicia ni en situación de rebeldía demuestran que el proceso pudo haber sido manipulado para obtener información indebida de modo ilegal.
Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una de las entidades que impulsó la causa a partir de un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho Informático en la Argentina (ODIA), plantearon que la detección de 9 millones de consultas de datos biométricos (con tantas personalidades involucradas) obliga a la administración de Horacio Rodríguez Larreta a dar explicaciones y responder en la Justicia.
“¿Qué interés puede tener el Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA en acceder a los datos biométricos de personas que no se encuentran dentro de la CoNaRC y que no estarían sujetos a ningún proceso penal?”, se preguntó el juez Gallardo.
“Entendemos que el gobierno porteño debe explicar cuáles son las razones por las cuales decidió consultar todos esos datos vulnerando el derecho a la intimidad de millones de personas”, afirmó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en un comunicado. El CELS es una de las organizaciones que se sumó a la acción de amparo que inició el Observatorio de Derecho Informático Argentino.
El sistema de reconocimiento facial para búsqueda de prófugos debía ser controlado pero tal como dio cuenta el juez Gallardo, eso no sucedió: la Defensoría del Pueblo se vio imposibilitada en accionar como órgano de control. La Comisión Especial de Seguimiento de los Sistemas de Video Vigilancia no fue constituida. Tampoco el Ministerio de Justicia y Seguridad efectuó un control interno. “En definitiva, se puso en marcha el SRFP sin garantizar que éste cuente con los organismos de control que el cuerpo legal requiere, lo que se da de bruces con el principio de legalidad que debe regir todo accionar de la Administración”, remarcó Gallardo. Los resultados están a la vista.