El viernes pasado, la Corte rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el municipio entrerriano de Pueblo Belgrano y la empresa constructora del barrio náutico “Amarras”, donde las obras iniciadas en 2012 generaron la crecida del río e inundaciones.
Días después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó desmantelar un barrio privado en el municipio entrerriano de Gualeguaychú, su intendente, Martín Piaggio, celebró este lunes la decisión del máximo tribunal y aseguró que que se trata de “un triunfo enorme de la comunidad”.
El intendente de Gualeguaychú ponderó la decisión de la Corte Suprema de Justicia que avaló la decisión de jueces entrerrianos para paralizar las obras del barrio privado Amarras. La constructora y el municipio de General Belgrano deberán acatar la orden en un plazo de 180 días.
“Pasó una década cargada de organización, reclamos, medidas judiciales, acusaciones y todo tipo de argumentos”, apuntó Piaggio en un escrito.
El jefe comunal destacó a “la sociedad civil organizada, ONG’s y profesionales de la ciudad”, quienes asumieron “el enorme compromiso con el cuidado del ambiente y la vida, dedicando mucho tiempo y recursos”.
El rechazo de la CSJN configura “un hito en la historia argentina, y también un ejemplo mundial, en la defensa del ambiente, de nuestros recursos naturales, de la salud y de la vida”, agregó.
La Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la “paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas” en varias ocasiones.
De acuerdo a esa denuncia, “la crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”.
Antecedentes
En julio de 2019, la CSJN ya había dejado sin efecto una sentencia provincial que permitía continuar los trabajos y en octubre de ese año, el Superior Tribunal de Justicia entrerriano (Stjer) debió realizar un nuevo fallo.
En esa sentencia, el Stjer ordenó la “demolición y desmantelamiento y recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior” a la construcción del barrio, tras detectar “la alteración negativa del medio ambiente“.
Desde 2015 se realizaron charlas, marchas, y presentaciones del documental “Urbanización sobre Humedales. Río Gualeguaychú”, con testimonios de lugareños, abogados, ambientalistas, especialistas profesionales que realizaron estudios en la zona.
Además, más de 2.000 vecinos y vecinas de Gualeguaychú adhirieron a las demandas municipales.
Piaggio señaló que el conflicto “fue muy largo”, lo que “merece el doble de reconocimiento a quienes trabajaron en defensa del río y del futuro”.
En la denuncia presentada por la comuna se señaló que “Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona, y que el agua que desplazaba ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”.
El nuevo fallo
Con el nuevo fallo de la Corte, queda en pie la decisión de los jueces entrerrianos Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell de 2019.
Allí, los jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso solicitó la “la recomposición del ambiente volviendo las cosas a su estado anterior“.
La decisión se basó en “la prevención del daño futuro”, en “la recomposición de la polución ambiental ya causada” y en generar “un resarcimiento pecuniario” por los “daños irreversibles”.
Por ende, la empresa “Altos de Unzué”, encargada de la construcción, y la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, donde se construyó el barrio privado, tienen 180 días para el desmantelamiento de la zona.
En tanto, impuso a la Secretaria Ambiental de Gualeguaychú la tarea de controlar el cumplimiento de la sentencia.