Motociclistas y ciclistas que distribuyen mensajería o alimentos a escala minorista tienen nueva legislación en la Ciudad, Qué aprobó la Legislatura.
A pesar de la cuarentena, este jueves por la mañana se produjo una protesta en la puerta de la Legislatura porteña de los repartidores de deliverys que terminó con incidentes. Los trabajadores se oponían al proyecto que se iba a tratar y que finalmente fue aprobado por los legisladores en la sesión de hoy. La aprobación se logró gracias al acuerdo y apoyo de los bloques de Vamos Juntos y el de la UCR Evolución. El Frente de Todos se oponía al proyecto del oficalismo.
Sin embargo, se sancionó un proyecto de marco regulatorio para repartidores a domicilio. De esa manera, motociclistas y ciclistas que distribuyen mensajería o alimentos a escala minorista tienen nueva legislación en la Ciudad, que también enmarca a prestadoras de servicios y operadores digitales. Mediante una ley que modifica y agrega textos a tres grande instrumentos normativos: los códigos de Tránsito y Transporte, de Contravenciones y el Régimen de Faltas.
Tras el debate, se aprobó con 39 votos positivos de VJ, PS, Gen, CF y UCR-Ev, 4 votos negativos de FY y AyL y 17 abstenciones del FdT.
Las definiciones de la actividad y de los actores enmarcados en las nueva ley son: mensajería urbana, reparto a domicilio de sustancias alimenticias, los prestadores de esos servicios (personas humanas o jurídicas), los repartidores en motos o bicicletas y el “Operador de plataforma digital de oferta y demanda por terceros: persona humana o jurídica que opera y/o administra una plataforma digital a través de la cual terceros ofertan y demandan el servicio”.
Para prestar los servicios se deberá obtener la correspondiente habilitación en el “Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias” (RUTRAMUR). Los motovehículos también deberán ser registrados y tener verificación técnica.
Los repartidores deberán aprobar cursos específicos de capacitación en seguridad vial y de normativa vinculada con los servicios que presten. Los operadores de plataformas digitales deberán proveer los seguros detallados en la ley: ART, seguro de vida, de responsabilidad civil y de accidentes personales.
La ley tipifica anomalías e infracciones y cuantifica sus sanciones o puniciones. Las multas parten desde 100 unidades fijas ($ 2.140) para el repartidor o mensajero que circule sin habilitación y llegan a montos de entre 4.000 a 20.000 u.f. (desde $ 85.600 hasta $ 428.000) para operadores de plataforma digital o prestadores de servicio que organicen y realicen estas actividades sin estar registrados.
Al referirse al proyecto que se aprobó, el legislador del FdT; Santiago Roberto, dijo: “Reconocemos la predisposición del bloque oficialista para modificar el proyecto original, tomando algunas propuestas que nosotros hicimos, entre ellas obligar a las empresas a que le garanticen a los trabajadores los elementos básicos para su seguridad vial y sanitaria y , también, que hayan sumado la obligación de que las empresas contraten a su exclusivo cargo, o sea sin costo para los trabajadores, seguro de vida, responsabilidad civil y de accidentes personales para la protección de los repartidores”.
Y agregó: “Hoy en día las Apps son el canal de venta más utilizado por los comercios y los comerciantes pagan comisiones de hasta un 35% sobre cada venta, las que son estipuladas unilateralmente por las empresas de delivery. En vista de estos abusos es que proponemos un tope máximo del 15 % y que, además, esta medida se extienda después de la pandemia. En conclusión, si bien se han incorporado cambios, no acompañamos este proyecto porque aún no están garantizados en su plenitud los derechos de los trabajadores, los comerciantes y los usuarios que son el eslabón más débil de la cadena”.
Por su parte, el también legislador del FdT, Juan Manuel Valdés señaló que “como Frente de Todos nos abstuvimos porque consideramos que hay una cuestión de fondo que no está resuelta por este proyecto y creemos que es muy importante definir esta relación entre trabajadores de plataformas y las plataformas”.
Y agregó: “La ley que se aprobó hace una modificación al Código de Transporte y crea registro de trabajadores y plataformas exigiendo regulaciones a ambos”.
Valdés finalizó diciendo: “No votamos en contra porque hemos hecho muchas modificaciones respecto al proyecto inicial. Pero tampoco creíamos que definir esta relación cómo puramente de terceros no nos parece justo con lo que creemos que es una relación laboral donde uno se lleva el excedente. Planteamos que los trabajadores tienen que recibir elementos de seguridad e higiene, al igual que seguros para circular. Además logramos que recorten las comisiones que las aplicaciones le cobraban a los comercios”.
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