¿Desde cuándo rigen las reformas que anunció Milei?

El Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado por el Presidente, que sacó las cacerolas a la calle, fue publicado este jueves a la medianoche en el Boletín Oficial.

Tras el anuncio en la primera cadena nacional de su Gobierno y la publicación en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, en 336 artículos, desreguló -a través de derogaciones y reformas de leyes- los principales sectores de la economía nacional para darle pleno poder al mercado en las áreas de salud, alquileres, trabajo y alimentos. Pero, a pesar de formar parte de los avisos oficiales de este jueves 21 de diciembre, no está vigente en la actualidad.

“Este DNU es una norma vigente pero como no establecieron que empezaba a regir desde el momento de su publicación, es a partir del octavo día desde su publicación. Al no establecer esto, entonces se aplica la pauta general prevista por el Punto 5 del Código Civil y Comercial”, expresó en diálogo con El Destape Radio, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

El capítulo 2 del Código Civil y Comercial indica, en su Art. 4°, que “las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o transeúntes, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales”; mientras que aseguran, en el Art. 5°, que dichas leyes “rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”. Como no se determinó en el Boletín Oficial, cada normativa, derogación y reforma implementada tendrá validez a partir del próximo 28 de diciembre.

Asimismo, el cuerpo legal que reúne las bases del ordenamiento jurídico en materia civil y comercial sostiene que tienen “eficacia temporal” a partir de su entrada en vigencia, siendo aplicadas a las consecuencias de relaciones y situaciones jurídicas existentes, no tienen efecto retroactivo -sean o no de orden público- y están atravesadas por el Principio de Inexcusabilidad, es decir que su ignorancia no sirve de excusa para su cumplimiento.

“Los DNU, como son excepción, se presumen constitucionales si son cuestionados y es el Estado quien debe justificar la constitucionalidad y demostrar la emergencia. No solo invocarlo, sino probarlo. Este decreto está hecho por alguien que conoce del derecho… De lo que no conoce es de la Constitución, la República y la democracia”, aseguró el abogado constitucionalista a este medio.

Más allá de esto, Gil Domínguez señaló que “no nos tiene que sorprender” el accionar del máximo mandatario nacional ya que “es lo que ofertó electoralmente, durante su campaña esto fue una oferta”. Y si bien no está de acuerdo, sostuvo que Milei plantea el “gobernar en base al decisionismo, por fuera de los límites establecidos de la Constitución, la democracia la república y de forma autoritaria”.

Minutos más tarde, el presidente Milei dialogó con Radio Rivadavia y dio a entender que desconoce los detalles del Código Civil y Comercial en relación a la validez de las leyes. “El propio hecho de que, cuando salió el DNU, significa que ya están vigentes las cosas. No hace falta sacar otro DNU. Ya entró en vigencia, ya rige. Estamos preparados para los amparos”, aseguró.

El extenso texto, que fue publicado en el Boletín Oficial a la medianoche en punto e inmediatamente provocó un repudio masivo en las calles que llegó hasta las puertas del Congreso, estableció “la modernización del régimen laboral”, un eufemismo de reforma que elimina y flexibiliza derechos laborales, como las indemnizaciones por despidos, las licencias por maternidad, los períodos de prueba y prohíbe en muchos sectores el derecho a la huelga.

La clase trabajadora, además, también verá afectada su poder adquisitivo ya que liberó los precios de la medicina prepaga, derogó la ley de abastecimiento y de góndolas, prohibió cualquier limitación o cupo de exportaciones, terminó con el observatorio de precios del Ministerio de Economía y eliminó la ley de alquileres. Todas medidas que, sin dudas, dispararán los precios de esos sectores.

Las reformas y derogaciones también transfieren más poder e influencias sectores concentrados como el azucarero, el minero y la oligarquía rural, ya que el DNU también incluyó la derogación de la Ley de Tierras, lo que no solo permitirá una mayor concentración, sino además una extranjerización mucho más importante del territorio nacional.

Además, el decreto es el primer paso para una privatización masiva de las empresas del Estado. No solo deroga la ley que impide las privatizaciones, sino que además eliminó la norma que creó el régimen de las sociedades del Estado y las convierte en sociedades anónimas. A esto se suma el desprendimiento del paquete accionario de la aerolínea de bandera, Aerolíneas Argentinas.

La masiva norma ejecutiva incluso agregó un proyecto que había puesto en discusión el ex presidente Mauricio Macri y que fue ampliamente derrotado en las recientes elecciones de Boca Junios y otros cinco clubes del fútbol argentino: la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).