La profesional de la salud era la única de Tartagal que no era objetora de conciencia. La joven de 21 años pidió acceder a una ILE con un embarazo de 22 semanas con consentimiento informado.
En Salta detuvieron a una médica que realizó una interrupción legal de un embarazo (ILE) de 22 semanas y dos días a una joven de 21 años. La profesional es la única de Tartagal que no es objetora de conciencia.
Según se desprendió de la historia clínica, el procedimiento ocurrió pasado 24 de agosto, cerca de las 15. Actualmente, la médica permanece detenida en la Ciudad Judicial de Tartagal.
El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega, requirió al juez de Garantías Fernando Mariscal Astigueta la detención de una médica del Hospital Juan Domingo Perón por realizar el aborto.
La joven de 21 años se acercó al hospital mencionado para acceder a la ILE. Todo consta en historia clínica y, tal como indica la Ley, la mujer fue asistida por un equipo de profesionales de la salud que, ante su solicitud para interrumpir el embarazo, consideraron que su pedido era viable.
Según indicó la integrante de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir en Salta, Verónica Cuevas, a Radio Nacional, las complicaciones comenzaron cuando un médico, que no respetó la confidencialidad de la paciente, se comunicó con un familiar de la joven y le informó que se estaba por realizar un aborto.
A partir de estas declaraciones, los familiares de la joven realizaron una denuncia penal contra la médica acusándola de homicidio. El fiscal penal y el juez dieron lugar a la acusación y ordenaron la detención de la profesional.
“El acto jurídico del juez y el fiscal está privando a las mujeres del NOA al acceso de un derecho”, sostuvo Cuevas, y agregó: “Estamos todos en alerta nacional: antes iban por las mujeres y ahora van por los profesionales”.
“El fiscal tiene 10 días para resolver, es decir que puede estar 10 días privada de la libertad”, afirmó Cuevas sobre la situación de la médica.
“Están basados en una justicia patriarcal. Hay un hostigamiento claro de grupos anti derechos que están fogoneando desde las redes y los medios públicos difundiendo falsa información”, expresó la delegada de la Red.
Desde la Red de Profesionales por el derecho a decidir emitieron un comunicado repudiando lo ocurrido y exigiendo la liberación de la médica. Además, convocaron a un pañuelazo a las 12 del mediodía frente al hospital y a las 15 concentrarán con distancia en la Casa de la Provincia de Salta: Roque Sáenz Peña 933 CABA.
No es la primera vez que hay problemas en el Hospital Juan Domingo Perón: recientemente, se inició una investigación en la que se acusó a un médico de pedir un pago de 20 mil pesos, o encuentros sexuales, para practicarle un aborto en una clínica privada a una mujer y, el año pasado, otro médico discriminó y se negó a asistir a una chica que se desangraba porque creyó que había abortado.
Cuándo se puede acceder a una ILE
La interrupción legal del embarazo (ILE) hace referencia al derecho al aborto en las siguientes situaciones:
a) Si el embarazo es producto de una violación.
b) Si está en peligro la vida o la salud de la persona gestante.
En casos de violación, la persona tiene que firmar una declaración jurada, nunca es necesaria una denuncia judicial o policial de la violación para acceder a la práctica médica.
En los casos en que el embarazo ponga en peligro la salud o la vida, además de la firma del consentimiento informado por parte de la persona gestante, el equipo de salud debe constatar y hacer constar en la historia clínica esa situación de salud.
El consentimiento informado lo firma la persona gestante que solicita la IVE/ILE. Todas las personas, con y sin discapacidad, tienen derecho a autorizar por sí mismas la práctica.
En el caso de niñas/os (antes de los 13 años) deben estar asistidas por una persona que ejerza formal o informalmente roles de cuidado. Las/os adolescentes pueden, en general, acceder a la IVE/ILE en forma autónoma.
En cuanto a los profesionales de la salud que realizan la intervención, aún quienes sean objetores no pueden negarse a la realización de la interrupción en caso de que la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata; tampoco cuando no hubiera un/a profesional disponible para realizar la práctica de forma oportuna.