La vivienda, primera línea de defensa frente al coronavirus

Pocas veces el hogar ha supuesto un asunto de vida o muerte, como lo es ahora. La desigualdad estructural hace que los sectores vulnerables no puedan cumplir el aislamiento obligatorio y preventivo.

Por Germán D. Hiralde Vega*

El eslogan “Quedate en casa” se reprodujo rápidamente en redes sociales y medios masivos de comunicación. Sin embargo, siguiendo al sacerdote jesuita Rodrigo Zarazaga, el condicionamiento estructural hace que los sectores vulnerables no puedan cumplir el aislamiento obligatorio y preventivo como hacen otros.

La cuarentena es para algunos quedarse en sus casas viendo Netflix, comunicándose por Zoom, con provisiones compradas en mayorista y trabajando en forma virtual. En cambio, la situación es distinta para quienes habitan en casillas donde hay humedad, bajo chapas, con seis personas viviendo, sin agua y perdiendo la posibilidad de hacer changas para obtener algo de dinero.

Leilani Farha, Relatora Especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el derecho a una Vivienda Adecuada, declaró hace pocos días que “la vivienda se ha convertido en la primera línea de defensa frente al coronavirus. Pocas veces anteriormente el hogar ha supuesto un asunto de vida o muerte”.

Sucede que el derecho a la vivienda es la vía de acceso a otros derechos. No se puede gozar de buena salud, educación o trabajo sin un lugar adecuado donde vivir. Estos días, más que nunca, se necesita de una vivienda para garantizar la salud.

El Gobierno adoptó la propuesta que le llevaron los curas villeros y readecuó la consigna “Quedate en tu casa, quedate en tu barrio”. A su vez, dictó el DNU 320/20 que dispone que la situación exige “extremar esfuerzos para enfrentar no sólo la emergencia sanitaria, sino también la problemática económica y social”. Y agrega: “el Estado debe hacerse presente para que los y las habitantes de nuestro país puedan desarrollar sus vidas sin verse privados de derechos elementales, como el derecho a la salud, pero sin descuidar otros, como el derecho a la vivienda”.Desde ese lugar, el decreto establece la suspensión de los desalojos por falta de pago y prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria (inquilina) hasta el 30 de septiembre. También dispone el congelamiento de los precios de los alquileres al valor de marzo y que la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo acordado en los contratos se pague recién a partir de octubre.

Estos días escuchamos a intelectuales que se disputan las predicciones sobre cómo impactará la pandemia en el sistema capitalista, con más o menos optimismo a los cambios. Lo cierto es que la única certeza que tenemos es que la crisis económica y social en nuestro país se acentuará. Al menos, estamos frente a un Estado presente como no tuvimos desde hace tiempo.

Por ello, ante la desigualdad estructural que atraviesa el país, desde la comunidad universitaria debemos bregar para que las medidas adoptadas por el Gobierno constituyan el puntapié inicial para que el Estado intervenga activamente en el mercado de vivienda, a fin de mitigar el alarmante impacto económico que dejará la pandemia.

El derecho a la vivienda digna

La Constitución Nacional de 1853 reconocía el derecho a la propiedad privada pero no contenía ninguna norma vinculada a la vivienda. La Constitución de 1949 consagró una protección robusta de los derechos sociales. De ella, quedó una apretada síntesis en el conocido art. 14 bis, que incluye el derecho a la “vivienda digna”.

Con posterioridad, la reforma constitucional de 1994 significó un avance al integrar los tratados internacionales de derechos humanos que reconocen el derecho a la “vivienda adecuada”.

La Observación General n° 4 del Comité DESC establece que el derecho de todas las personas a la vivienda no sólo refiere a tener un techo, sino también al derecho a la seguridad jurídica de la tenencia, al acceso al agua potable, a la energía, a instalaciones sanitarias, a tarifas que puedan ser pagadas, a opciones de empleo, a los servicios de salud y escuelas, entre otros aspectos.

El Estado tiene la obligación de realizar políticas públicas hasta el máximo de los recursos disponibles, asegurando el cumplimiento del contenido mínimo del derecho. Es que la vivienda es una necesidad básica y es condición para poder desplegar otros derechos como el derecho a la salud, al trabajo y a la educación.

* Docente de la materia Derecho a la Vivienda, de la carrera de Abogacía de la UNDAV.

Fuente: UNDAV