La modificación realizada permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las ganancias.
El Gobierno formalizó el nuevo mínimo no imponible para el impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $ 506.230 mensuales brutos a partir de este mes, a través del decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial. La modificación realizada permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las ganancias.
El mismo determinó que por el nuevo piso del impuesto a las Ganancias, no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230. Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
A través de la medida, se beneficiarán aproximadamente 250.000 empleados y empleadas en relación de dependencia. El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023.
Desde enero de 2023, no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $ 404.062. El ministro de Economía, Sergio Massa, destacó que “junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: un beneficio para 600.000 empleados”.
“Este nuevo alivio fiscal es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente”, subrayó el ministro.
El Gobierno oficializó el lunes la modificación a la Ley 27.778 del Impuesto a las Ganancias para eximir del pago a las guardias médicas. De esta manera, a partir de mayo los salarios por guardias médicas de médicos, auxiliares y técnicos de la salud no pagarán impuesto a las ganancias.
Lo hizo a través del Decreto 260/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial y lleva firma del ministro de Economía, Sergio Massa, y el jefe de Gabinete, Agustín Rossi. “Están exentas (del impuesto a las ganancias) las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional”, detalla el documento.