Paridad de género en las entidades civiles y sociedades comerciales

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Resolución General 34/20 de la Inspección General de Justicia, estableció que las entidades civiles y sociedades comerciales deberán respetar la misma cantidad de mujeres y hombres en la composición de sus órganos de administración y fiscalización.

En caso de que fuese impar la cantidad de miembros a cubrir, deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.

Además, deberán dar cuenta de la política de género aplicada que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.

El subsecretario de Asuntos Registrales, Victor Malavolta, explicó que “la resolución prevé la posibilidad de excepción a las personas jurídicas solamente en circunstancias singulares, extraordinarias, atendibles y objetivas, derivadas de sus antecedentes constitutivos y/o tipo de conformación y/o de la actividad social tendente a la consecución de su objeto”.