Ajuste: Así es la regla fiscal de déficit cero que estableció Milei

El Presidente determinó un mecanismo formal para garantizar que habrá equilibrio o superávit financiero, en el marco del “cepo al Estado” que anunció en el Congreso

El presidente Javier Milei presentó ayer en el Congreso el Presupuesto 2025 con un fuerte ajuste a las cuentas públicas y una regla fiscal de déficit cero como eje principal del proyecto. ¿En qué consiste esta regla que, como dijo el mandatario, busca ponerle un “cepo al Estado” para garantizar el equilibrio fiscal?

Se trata de una normativa establecida formalmente en el proyecto de ley enviado por el Ministerio de Economía al Parlamento el último domingo. En su artículo 1°, dice: “Establécese como regla fiscal, que el Sector Público Nacional deberá obtener a partir del Ejercicio 2025 y en todos los ejercicios subsiguientes, un resultado financiero equilibrado o superavitario. La presente Regla Fiscal implica que frente a cualquier desvío en los ingresos proyectados que afecte negativamente el equilibrio financiero, los gastos deberán, como mínimo, recortarse en la misma proporción. Para ello, las partidas no sujetas a un monto de ejecución mínimo previsto legalmente, deberán ser recortadas en la proporción necesaria con el fin de restablecer el referido equilibrio financiero”.

Para entender esta regla se debe tener en cuenta que la ejecución del presupuesto contempla dos tipos de resultado fiscal. El primero es el resultado fiscal primario, que es simplemente la suma de los ingresos versus la resta de los gastos destinados a la propia administración pública. El segundo es el resultado fiscal financiero, que se obtiene cuando al resultado fiscal primario se le añade el pago de los intereses de la deuda para ese período.

Básicamente, la regla fiscal de Milei determina que no puede haber déficit financiero, es decir, que cuando al resultado fiscal primario se le agregue el pago de los intereses de la deuda igualmente el resultado debe seguir siendo “equilibrado o superavitario”. En otras palabras, primero se debe calcular cuánto hay que pagar de intereses de la deuda para después calcular de cuántos recursos dispone el Estado para la administración pública.

A su vez, para garantizar esto el Ministerio de Economía explicó que los gastos discrecionales solo se determinan como remanente de los gastos con ajuste automático, como las jubilaciones. “Para ello, se determina la proyección de ingresos y a partir de allí, se calculan las partidas de gasto que tienen ajustes automáticos, como por ejemplo jubilaciones, y se determina el margen fiscal para el gasto discrecional remanente, que se asigna a distintas partidas presupuestarias en función de las prioridades de políticas públicas establecidas”, señaló en un comunicado la cartera que dirige Luis Caputo.

Esto implica que si, por algún motivo, llega a haber ingresos menores a los esperados, el ajuste recaerá sobre esos gastos discrecionales, dado que los automáticos están determinados por ley. “En tanto el escenario macroeconómico se desvíe de la proyección presentada, se ajustará el gasto discrecional para garantizar el equilibrio financiero o se incrementará el ahorro fiscal”, dijo el Ministerio de Economía.

Al contrario, si llegara a haber un crecimiento de la actividad que genere una recaudación mayor a la estimada, el excedente de estos recursos se destinará a la baja de impuestos, detalló Economía, por lo que no habrá posibilidad de un aumento de los gastos discrecionales que lleve al déficit financiero.

“Esto implicará que por segundo año consecutivo el Sector Público Nacional no necesitará financiamiento por la vía de endeudamiento o emisión monetaria ya que no habrá desbalances de las cuentas públicas, que a lo largo de la historia argentina ha derivado en recurrentes crisis de deuda o escenarios de hiperinflación”, subrayó Economía, en un contexto en el que Argentina, por sus recurrentes crisis, no dispone fácilmente de acceso al mercado de deuda.

En este contexto, el Gobierno prevé que el Presupuesto 2025 del Sector Público Nacional (que a la Administración Pública Nacional añade los organismos descentralizados, las empresas públicas y las universidades nacionales, entre otros) tenga un superávit primario de 1,4 billones de pesos (equivalente a 1,3% del PBI) y un superávit financiero de 190.655 millones de pesos.